Especial REPORTAJES EN ABIERTO de la revista E&L
Nueva normativa para los centros de limpieza y desinfección de vehículos destinados al transporte animal
El pasado mes de noviembre se publicó en el BOE el RD 638/2019, que regula las condiciones de autorización y funcionamiento de los centros de limpieza y desinfección de vehículos para el transporte de animales vivos. Su objetivo es reducir la introducción y propagación de enfermedades infecciosas del ganado y favorecer la reducción del consumo de antibióticos en las explotaciones. Esta noticia forma parte del número 110 de la revista Empresa y Limpieza, que ahora os ofrecemos en abierto.
La limpieza y desinfección de dichos vehículos solo podrá realizarse en los centros autorizados conforme a lo dispuesto en el nuevo real decreto, y deberá realizarse en el centro autorizado más próximo al lugar de la descarga de los animales transportados, con excepción del pescado y en aquellos casos en que los animales se desplacen desde explotaciones que disponen de un centro habilitado para tal fin, o pertenezcan a agrupaciones con centros habilitados de uso restringido, y los vehículos en ambos casos vuelvan directamente a estas explotaciones de origen.
El texto aprobado establece los requisitos de autorización y funcionamiento de los centros de limpieza y desinfección de vehículos, flexibilizando los requisitos en algunos centros de menor riesgo (aquellos que reciben un máximo de tres vehículos al día), de cara a facilitar su instalación y funcionamiento.
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